La factura simple un producto, IVA 10%, cliente con RUC no genera dudas. Las consultas empiezan con los casos especiales: ¿cómo facturo un producto que es 30% gravado y 70% exento?, ¿qué pongo si mi cliente es una embajada?, ¿cómo registro que me transfirieron menos por la retención? Esta guía junta los casos que más aparecen, con la solución práctica de cada uno.

⚠️ Los tratamientos tributarios dependen de tu actividad y tu régimen esta guía explica cómo se cargan en la plataforma; qué tratamiento corresponde a cada operación tuya, confirmalo con tu contador.

La afectación tributaria: la propiedad clave de cada producto

En facturación electrónica, cada producto o servicio de tu catálogo declara su afectación al IVA:

  • Gravado — al 10% o al 5% según el bien/servicio.
  • Exento — la operación no genera IVA.
  • Exonerado — libre de IVA por disposición legal (Art. 83, Ley 125/91).
  • Gravado parcial (mixto) — parte gravada, parte exenta.

Definí bien la afectación al cargar el producto y cada factura sale correcta sola: la plataforma liquida el IVA automáticamente por ítem.

Caso 1: el producto "mixto" (proporción gravada)

Ejemplo real: un producto que tributa solo sobre el 30% de su valor. Dos formas de resolverlo:

  • Proporción gravada: al configurar el producto, indicás el porcentaje gravado y la plataforma liquida el IVA solo sobre esa parte.
  • Dos ítems separados: una línea por la porción gravada y otra por la exenta — útil cuando la proporción varía por operación.

Caso 2: facturar a un cliente exento (embajadas, entidades)

El cliente exento se configura como tal en su ficha — no improvises quitando el IVA a mano en la factura. Con la naturaleza del cliente bien cargada (contribuyente/no contribuyente, tipo de operación B2B/B2C/B2G/B2F), la factura aplica el tratamiento correcto y el SIFEN la valida sin observaciones.

Para extranjeros sin RUC: se identifican por pasaporte, y las operaciones con el exterior van como B2F (con factura de exportación si corresponde).

Caso 3: me pagaron menos — la retención

Tu cliente (típicamente empresas grandes o el Estado) te transfiere el monto menos la retención de IVA o renta que está obligado a practicar. ¿Cómo se registra para que la factura quede saldada?

En GOEKUA, al registrar el pago indicás la retención (del 1% al 100% según el caso): la plataforma asienta el cobro real + la retención, y la factura queda saldada completa. El comprobante de retención que te entrega el cliente es tu respaldo para el crédito fiscal — guardalo asociado a la operación.

Caso 4: alquileres y servicios con tratamiento propio

Los alquileres y ciertos servicios tienen su tipo de transacción específico al emitir. Elegirlo bien importa: define cómo la DNIT lee la operación. Si tu rubro factura siempre lo mismo, se configura una vez y queda como default — pero la primera vez, validá el tipo con tu contador.

Regla de oro para todos los casos

El trabajo fino se hace una sola vez, en el catálogo y en las fichas de clientes — no factura por factura. Cargá bien las afectaciones, naturalezas y tipos de operación al inicio, y las 500 facturas siguientes salen solas y sin rechazos.


¿Tenés un caso que no encaja en ninguno de estos? Escribinos por WhatsApp con el detalle — los casos raros son nuestra especialidad de soporte. Y si estás arrancando, empezá por la guía de implementación.

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